 La SGAE defiende que difundir televisión en las habitaciones de los hoteles es un acto de comunicación pública
Publicada el Viernes 5 de Mayo 2006 00:00
La Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE) defiende que el uso del televisor en las habitaciones de hotel sea un acto de comunicación pública y, por lo tanto, sujeto a la normativa de protección de la propiedad intelectual. El caso es que la Audiencia Provincial de Barcelona ha presentado recientemente una serie de cuestiones perjudiciales sobre una denuncia de la SGAE contra el Hotel Rafael. La SGAE alegaba que, entre junio del 2002 y marzo del 2003, en el Hotel Rafael de la Ciudad Condal se habían realizado actos de comunicación pública de obras pertenecientes a su repertorio y que éstas violaban derechos de propiedad intelectuarl, mediante la utilización de televisores y de equipos de difusión de música ambiental. La SGAE solicitaba que se condenara a los propietarios del hotel a pagar una indemnización compensatoria. El caso llegó a la Audiencia de Barcelona, que decidió suspender el procedimiento y plantear una serie de cuestiones pre-judiciales al Tribunal de Primera Instancia acerca de si la instalación de televisores en las habitaciones de un hotel constituye un acto de comunicación pública cubierta por la normativa de protección de los derechos de autor o si la habitación debe entenderse como un ámbito estrictamente doméstico. La Sociedad General de Autores argumenta que no se puede entender la habitación de los hoteles como un lugar privado, sino que, por el contrario, la difusión por parte de un establecimiento hotelero de obras protegidas por derechos de autor en las habitaciones constituye un acto de comunicación pública.
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